NIIF 1
Adopción por Primera vez de las Normas
Internacionales
de Información Financiera
Su
objetivo es asegurar que los primeros estados financieros conforme a las NIIF
de una entidad, así como sus informes financieros intermedios, relativos a una
parte del periodo cubierto por tales estados financieros, contienen información
de alta calidad que:
Sea transparente para los usuarios y comparable para
todos los periodos que se presenten;
Suministre un punto de partida adecuado para la
contabilización según las Normas Internacionales de Información Financiera
(NIIF)
Pueda ser obtenida a un costo que no exceda a sus
beneficios.
Una
entidad elaborará y presentará un estado de situación financiera de conforme a
las NIIF en la fecha de transición a las NIIF. Éste es el punto de partida para
la contabilización según las NIIF.
Una
entidad utilizará las mismas políticas contables en su estado de situación financiera
de apertura conforme a las NIIF y a lo largo de todos los periodos presentados
en sus primeros estados financieros conforme a las NIIF. En general, aquellas
políticas contables cumplirán con cada NIIF vigente al final de su primer
periodo de información conforme a las NIIF.
En
general, la NIIF requiere que una entidad, al preparar el estado de situación financiera
de apertura que sirva como punto de partida para su contabilidad según las
NIIF, haga lo siguiente:
Reconocer todos los activos y pasivos cuyo
reconocimiento sea requerido por las NIIF;
No reconocer partidas como activos o pasivos si las
NIIF no lo permiten;
Reclasificar los activos, pasivos o componentes del
patrimonio reconocidos según los PCGA anteriores, con arreglo a las categorías
de activos, pasivos y patrimonio que correspondan según las NIIF; y
Aplicar las NIIF al medir todos los activos y pasivos
reconocidos.
Esta
NIIF contempla exenciones limitadas para los anteriores requerimientos en áreas
específicas, donde el costo de cumplir con ellos probablemente pudiera exceder
a los beneficios a obtener por los usuarios de los estados financieros. La
Norma también prohíbe la adopción retroactiva de las NIIF en algunas áreas, particularmente
en aquéllas donde tal aplicación retroactiva exigiría el juicio profesional de
la gerencia acerca de condiciones pasadas, después de que el desenlace de una
transacción sea ya conocido por la misma.
La
NIIF requiere presentar información que explique cómo ha afectado la transición
desde los PCGA anteriores a las NIIF, a lo reportado anteriormente como
situación financiera, resultados y flujos de efectivo.
NIIF 2
Pagos Basados en Acciones
Su
objetivo consiste en especificar la información financiera que ha de incluir
una entidad cuando lleve a cabo una transacción con pagos basados en acciones.
En concreto, requiere que la entidad refleje en el resultado del periodo y en
su posición financiera, los efectos de las transacciones con pagos basados en acciones,
incluyendo los gastos asociados a las transacciones en las que se conceden
opciones sobre acciones a los empleados.
La
NIIF requiere que la entidad reconozca las transacciones con pagos basados en
acciones en sus estados financieros, incluyendo las transacciones con los
empleados o con terceros que vayan a ser liquidadas en efectivo, con otros
activos o con instrumentos de patrimonio de la entidad. No hay otras
excepciones, en la aplicación de la NIIF, distintas de las que corresponden a
transacciones a las que se aplica otra Norma.
Esto
también se aplicará a las transferencias con instrumentos de patrimonio de la
entidad controladora, o con instrumentos de patrimonio de otra entidad del
mismo grupo, realizadas con terceros que hayan suministrado bienes o servicios
a la entidad.
La NIIF establece principios de medición y
requerimientos específicos para tres tipos de transacciones con pagos basados
en acciones:
Transacciones con pagos basados en acciones liquidadas
con instrumentos de patrimonio, en cuyo caso la entidad recibe bienes o
servicios como contrapartida por los instrumentos de patrimonio de la entidad
(incluyendo acciones u opciones sobre acciones)
Transacciones con pagos basados en acciones liquidadas
con efectivo, en las que la entidad adquiere bienes o servicios incurriendo en
pasivos con el proveedor de dichos bienes o servicios, por importes que están
basados en el precio (o valor) de las acciones de la entidad o de otros
instrumentos de patrimonio de la misma.
Transacciones en las que la entidad recibe o adquiere
bienes o servicios, y los términos del acuerdo proporcionen a la entidad o al
proveedor de bienes o servicios la opción de decidir que la entidad liquide la
transacción con efectivo o emitiendo instrumentos de patrimonio.
NIIF 3
Combinaciones de Negocios
Su objetivo es mejorar la relevancia, la fiabilidad y
la comparabilidad de la información sobre las combinaciones de negocios y sus
efectos, que una entidad informante proporciona a través de sus estados financieros.
Ello se lleva a cabo mediante el establecimiento de principios y requerimientos
sobre la forma en que una adquirente:
Reconocerá y medirá en sus estados financieros los
activos identificables adquiridos, los pasivos asumidos y cualquier
participación no controladora en la entidad adquirida;
Reconocerá y medirá la plusvalía adquirida en la
combinación de negocios o una ganancia procedente de una compra en condiciones
muy ventajosas; y
Determinará qué información revelará para permitir que
los usuarios de los estados financieros evalúen la naturaleza y los efectos
financieros de la combinación de negocios.
Principio
básico
Una adquirente de una combinación de negocios
reconocerá los activos adquiridos y los pasivos asumidos al valor razonable en
su fecha de adquisición y revelará información que permita a los usuarios
evaluar la naturaleza y los efectos financieros de la adquisición.
Aplicación del método de adquisición
Una
combinación de negocios debe contabilizarse mediante la aplicación del método
de adquisición, a menos que sea una combinación de negocios que implique a
entidades o negocios bajo control común. Una de las partes de una combinación
de negocios siempre puede identificarse como la adquirente, siendo la entidad
que el control de otro negocio (la adquirida). Las formaciones de negocios
conjuntos o la adquisición de un activo o un grupo de activos que no constituya
un negocio no son combinaciones de negocios.
La
NIIF establece principios para reconocer y medir los activos identificables adquiridos,
los pasivos asumidos y cualquier participación no controladora en la adquirida.
Cualquier clasificación o designación realizada al reconocer estas partidas
debe realizarse de acuerdo con los términos contractuales, condiciones
económicas, políticas contables y de operación de la adquirente y otros
factores que existan en la fecha de la adquisición.
Cada
activo y pasivo identificables se medirá al valor razonable en la fecha de su
adquisición. Cualquier participación no controladora en una adquirida se medirá
al valor razonable o como la parte proporcional de la participación no
controladora de los activos identificables netos de la adquirida.
La
NIIF proporciona excepciones limitadas a estos principios de reconocimiento y
medición:
Los contratos de arrendamiento y de seguro se requiere
que se clasifiquen sobre la base de los términos contractuales y otros factores
existentes al inicio del contrato (o cuando los términos hayan cambiado) en lugar
de sobre la base de los factores que existan en la fecha de adquisición.
Solo se reconocerán aquellos pasivos contingentes
asumidos en una combinación de negocios que sean una obligación presente y
puedan medirse con fiabilidad.
Se requiere que algunos activos y pasivo se reconozcan
o midan de acuerdo con otras NIIF, en lugar de al valor razonable. Los activos
y pasivos afectados son aquellos que estén dentro del alcance de la NIC 12 Impuestos
a las Ganancias, NIC 19 Beneficios a los Empleados, NIIF 2 Pagos Basados en
Acciones y NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones
Discontinuadas.
Existen requerimientos especiales para medir un
derecho readquirido.
Los activos por indemnización se reconocerán y medirán
sobre una base que sea coherente con la partida objeto de indemnización,
incluso si esa medida no es el valor razonable.
La
NIIF requiere que la adquirente, que tenga reconocidos los activos identificables,
los pasivos y las participaciones no controladoras, identifique cualquier
diferencia entre:
La suma de la contraprestación transferida, cualquier
participación no controladora en la adquirida y, en una combinación de negocios
realizada por etapas, el valor razonable de la fecha de adquisición de la participación
de la adquirente mantenida con anterioridad en el patrimonio de la adquirida; y
Los activos identificables netos adquiridos. La
diferencia se reconocerá, generalmente, como plusvalía. Si la adquirente ha
realizado una ganancia procedente de una compra en condiciones muy ventajosas
dicha ganancia se reconocerá en resultados del periodo.
Información a revelar
La
NIIF requiere que la adquirente revele información que permita a los usuarios
de sus estados financieros evaluar la naturaleza y efectos financieros de las
combinaciones de negocios que tuvieron lugar durante el periodo sobre el que se
informa corriente o después del periodo sobre el que se informa pero antes de
que los estados financieros se autoricen para la emisión. Después de una
combinación de negocios, la adquirente debe revelar cualesquiera ajustes
reconocidos en el periodo sobre el que se informa corriente que correspondan a
las combinaciones de negocios que tuvieron lugar en los periodos sobre los que
se informa corriente o anteriores.
NIIF 4
Contratos de Seguro
Su
objetivo consiste en especificar la información financiera que debe ofrecer,
sobre los contratos de seguro, la entidad emisora de dichos contratos (que en
esta NIIF se denomina aseguradora), hasta que el Consejo complete la segunda
fase de su proyecto sobre contratos de seguro. En particular, esta NIIF
requiere:
·
Realizar un
conjunto de mejoras limitadas en la contabilización de los contratos de seguro
por parte de las aseguradoras.
·
Revelar
información que identifique y explique los importes de los contratos de seguro
en los estados financieros de la aseguradora, y que ayude a los usuarios de
dichos estados a comprender el importe, calendario e incertidumbre de los
flujos de efectivo futuros procedentes de dichos contratos.
Un
contrato de seguro es un contrato en el que una de las partes (la aseguradora)
acepta un riesgo de seguro significativo de la otra parte (el tenedor de la
póliza), acordando compensar al tenedor si ocurre un evento futuro incierto (el
evento asegurado) que afecta de forma adversa al tenedor del seguro
Esta
NIIF se aplica a todos los contratos de seguro (incluyendo los contratos de
reaseguro) que haya emitido la entidad, así como a los contratos de reaseguro
que posea, pero no se aplica a los contratos específicos cubiertos por otras
NIIF. No se aplica a otros activos o pasivos de la aseguradora, tales como los
activos financieros y los pasivos financieros que entran dentro del alcance de
la NIIF 9 Instrumentos Financieros. Además, no trata la contabilización a
realizar por los tenedores de pólizas de seguro.
La
NIIF exime temporalmente a las aseguradoras (esto es, durante la fase I de este
proyecto) de cumplir ciertos requerimientos de otras NIIF, entre los que se
incluye la obligación de considerar el Marco Conceptual al seleccionar
políticas contables para los contratos de seguro. No obstante, la NIIF:
·
Prohíbe las
provisiones para posibles reclamaciones por contratos que no existían al final
del periodo sobre el que se informa (tales como las provisiones para
catástrofes o para estabilización).
·
Requiere una
prueba de la adecuación de los pasivos por seguros que se han reconocido, así
como una prueba de deterioro de activos por contratos de reaseguro.
·
Requiere que la
aseguradora mantenga los pasivos por contratos de seguro en su estado de
situación financiera hasta que se liquiden o cancelen, o hayan caducado, y que
presente los pasivos por seguros sin compensarlos con los activos por reaseguro
conexos.
NIIF 5
Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y
Operaciones Discontinuadas
Su
objetivo es especificar el tratamiento contable de los activos mantenidos para
la venta, así como la presentación e información a revelar sobre las
operaciones discontinuadas. En particular, la NIIF requiere que:
Los activos que cumplan los requisitos para ser
clasificados como mantenidos para la venta, sean valorados al menor valor entre
su importe en libros y su valor razonable menos los costos de venta, así como
que cese la depreciación de dichos activos;
Especifica que un activo clasificado como mantenido
para la venta, así como los activos y pasivos incluidos dentro de un grupo de
activos para su disposición clasificado como mantenido para la venta, se
presentan separadamente en el estado de situación financiera.
Especifica que los resultados de la operación
discontinuada serán mostrados separadamente en el estado del resultado
integral.
La NIIF:
Adopta la clasificación de “mantenidos para la venta”.
Introduce el concepto de grupo de activos para su
disposición, que es un grupo de activos de los que la entidad quiere disponer,
ya sea por venta o de otro modo, en conjunto como grupo, mediante una única
transacción en que también se transfieren los pasivos asociados directamente
con dichos activos.
Clasifica una operación como discontinuada en la fecha
en que la operación cumple los requisitos para ser clasificada como mantenida
para la venta o cuando la entidad ha dispuesto de la operación.
Una
entidad clasificará a un activo no corriente (o un grupo de activos para su
disposición) como mantenido para la venta, si su importe en libros se
recuperará fundamentalmente a través de una transacción de venta, en lugar de
por su uso continuado.
Para
aplicar la clasificación anterior, el activo (o el grupo de activos para su
disposición) debe estar disponible, en sus condiciones actuales, para su venta
inmediata, sujeto exclusivamente a los términos usuales y habituales para la
venta de estos activos (o grupos de activos para su disposición), y su venta
debe ser altamente probable.
Para
que la venta sea altamente probable, el nivel apropiado de la gerencia, debe
estar comprometido con un plan para vender el activo (o grupo de activos para
su disposición), y debe haberse iniciado de forma activa un programa para
encontrar un comprador y completar dicho plan. Además, la venta del activo (o
grupo de activos para su disposición) debe negociarse activamente a un precio
razonable, en relación con su valor razonable actual. Asimismo, debe esperarse
que la venta cumpla las condiciones para su reconocimiento como venta
finalizada dentro del año siguiente a la fecha de clasificación, con las
excepciones permitidas en el párrafo 9, y además las actividades requeridas
para completar el plan deberían indicar que cambios significativos en el plan
son improbables o que el mismo vaya a ser cancelado.
NIIF 6
Exploración y Evaluación de Recursos Minerales
Su
objetivo es especificar la información financiera relativa a la exploración y
evaluación de recursos minerales.
Desembolsos
relacionados con la exploración y evaluación son los gastos incurridos por una
entidad debido a la exploración y evaluación de recursos minerales antes de que
se pueda demostrar la factibilidad técnica y la viabilidad comercial de la
extracción de recursos minerales. Exploración y evaluación de recursos
minerales es la búsqueda de recursos minerales, incluyendo minerales, petróleo,
gas natural y recursos similares no renovables, realizada una vez que la
entidad ha obtenido derechos legales para explorar en un área determinada, así
como la determinación de la factibilidad técnica y la viabilidad comercial de
la extracción de recursos minerales.
Los
activos para exploración y evaluación son los desembolsos relacionados con la
exploración y evaluación reconocidos como activos de acuerdo con la política
contable de la entidad.
La
NIIF:
Permite que una entidad desarrolle una política
contable para activos para la exploración y evaluación sin considerar
específicamente los requisitos de los párrafos 11 y 12 de la NIC 8. De este
modo, una entidad que adopte la NIIF 6 puede continuar usando las prácticas
contables aplicadas inmediatamente antes de adoptar la NIIF. Esto incluye la
continuación del empleo de las prácticas de reconocimiento y medición que son
parte de esas prácticas contables.
Exige que las entidades que reconocen activos para la
exploración y evaluación realicen pruebas de deterioro de valor sobre ellos,
cuando los hechos y circunstancias sugieran que el importe en libros de los
activos excede a su importe recuperable.
Requiere que el reconocimiento del deterioro de valor
se haga de una manera distinta a la prevista en la NIC 36, pero lo mide de
acuerdo con esa Norma una vez que tal deterioro ha sido identificado.
NIIF 7
Instrumentos Financieros: Información a Revelar
Su
objetivo es requerir a las entidades que, en sus estados financieros, revelen
información que permita a los usuarios evaluar:
La relevancia de los instrumentos financieros en la
situación financiera y en el rendimiento de la entidad; y
La naturaleza y alcance de los riesgos procedentes de
los instrumentos financieros a los que la entidad se haya expuesto durante el
periodo y lo éste al final del periodo sobre el que se informa, así como la
forma de gestionar dichos riesgos. La información a revelar cualitativa
describe los objetivos, las políticas y los procesos de la gerencia para la
gestión de dichos riesgos. La información cuantitativa a revelar da información
sobre la medida en que la entidad está expuesta al riesgo, basándose en
información provista internamente al personal clave de la dirección de la
entidad. Juntas, esta información a revelar da una visión de conjunto del uso
de instrumentos financieros por parte de la entidad y de la exposición a
riesgos que éstos crean.
La
NIIF se aplica a todas las entidades, incluyendo a las que tienen pocos
instrumentos financieros (por ejemplo, un fabricante cuyos únicos instrumentos
financieros sean partidas por cobrar y acreedores comerciales) y a las que
tienen muchos instrumentos financieros (por ejemplo, una institución financiera
cuyos activos y pasivos son mayoritariamente instrumentos financieros).
Cuando
esta NIIF requiera que la información se suministre por clases de instrumentos
financieros, una entidad los agrupará en clases que sean apropiadas según la
naturaleza de la información a revelar y que tengan en cuenta las
características de dichos instrumentos financieros. Una entidad suministrará
información suficiente para permitir la conciliación con las partidas
presentadas en las partidas del estado de situación financiera.
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